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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298792
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1504
LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA (INDIVIDUALIZACION DE LA PENA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1504
Habiéndose estimado que el reo se excedió en la legítima defensa, la jurisdicción responsable no ha hecho una correcta individualización de la pena, si esta se ha cuantificado considerando, entre otros motivos, que el acusado no corrió peligro alguno, asignándole casi el máximo de la pena señalada para los delitos de imprudencia, pues tal razonamiento resulta absurdo si se tiene en cuenta que, aceptada la existencia de responsabilidad de legítima defensa, esta presupone para el agredido, la posibilidad de un peligro inminente.
Precedentes
Amparo penal directo 4933/50. Loureiro Velarde Francisco. 12 de mayo de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente:José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.