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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298800
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1566
RIÑA (VENTAJA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1566
Dentro de una riña, que no puede ser más que una contienda de obra, en perfectamente posible que uno de los contendientes, en un momento de la lucha, adquiera ventaja sobre el otro; pero no es esta circunstancia la que califica el acto ilícito, ya que la calificación es el estado de riña, que se integra por el ánimo de reñir y la exteriorización de dicho "animus", en una conducta positiva que se objetiva en la contienda de obra.
Precedentes
Amparo penal directo 5102/50. Arjona Carballo Celso. 6 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente:Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.