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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298808
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1638
ABIGEATO, PARTICIPACION EN EL (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1638
El simple conocimiento que confiesa haber tenido el quejoso, de la procedencia delictuosa de los semovientes que le llevó su coacusado, en el preciso momento de comprárselos, hace que el mencionado quejoso quede comprendido entre los responsables del delito de robo de que se le acusa, de acuerdo con los artículos 9 y 357, fracción III, del Código Penal del Estado.
Precedentes
Amparo penal directo 6896/49. Rodríguez Hernández Feliciano. 8 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.