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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
298819
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1745

CHEQUES GIRADOS SIN FONDOS, POSTFECHADOS O DADOS EN GARANTIA.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1745

Precedentes

Amparo penal directo 1987/48. Ríos Olaez Guillermo. 13 de junio de 1951. Unanimidad de cuatro votos, en cuanto a los puntos resolutivos del fallo y por mayoría de tres votos, en cuanto a los fundamentos del mismo. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 298819