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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298875
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2264
MINISTERIO PUBLICO, AMPARO CONTRA SUS ACTOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2264
Si el agente del Ministerio Público fue señalado como ordenador, no actuando como autoridad, sino como parte, debe sobreseerse respecto de él con apoyo en la fracción XVIII del artículo 73 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8452/49. Tzontecomani Tomás. 15 de febrero de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.