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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
298879
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2272

ACCION PENAL, EL MINISTERIO PUBLICO NO PUEDE ABANDONARLA A SU ARBITRIO, UNA VEZ INTENTADA.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 2272

Precedentes

Amparo penal directo 5958/49. García Trinidad Jorge. 15 de marzo de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Corona y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 298879