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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298901
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 181
LEGITIMA DEFENSA Y MIEDO GRAVE, EXCLUYENTES DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 181
La eximente de legítima defensa, no puede coexistir con la de miedo grave, supuesto que ésta se caracteriza por la ausencia de reflexión del sujeto activo del delito, respecto del mal que pueda ocasionar, y por la anulación de la voluntad para discernir y, en esa virtud, obra impulsado por una intimidación psicológica, que lo orilla a cometer la infracción penal, sin control volitivo sobre sus actos, en tanto que, en la legítima defensa, existe conocimiento de causa, y se obra por tal motivo mediante actos tendientes a defender la vida. Consecuentemente, si el acusado actuó percatándose de lo que estaba verificado, es obvio que no actuó por miedo grave.
Precedentes
Amparo penal directo 7534/48. Liera Amézquita Isaac. 12 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.