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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298919
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 310
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS, DELITOS DE SUS EMPLEADOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 310
No es aplicable la Ley de Responsabilidades de Funcionarios y Empleados de la Federación, si el acusado se hallaba, al delinquir, prestando sus servicios a un organismo descentralizado y, por consiguiente, aunque encargado de un servicio público, carecía del carácter de funcionario o de empleado de la Federación o del Distrito y de los Territorios Federales, sometido al imperio del aludido ordenamiento.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5587/50. Jiménez Alcaraz Octavio. 17 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.