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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298921
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 318
DESOBEDIENCIA A LAS AUTORIDADES, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 318
Cuando la ley establece los medios de apremio de que pueden servirse los Jueces para hacer cumplir sus determinaciones, es improcedente aplicar desde luego, para hacer obedecer, las disposiciones de la ley penal que castigan la desobediencia a las autoridades, y en consecuencia no es fundada la orden de aprehensión relativa.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7893/50. Lozano de Roldán Laura. 17 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.