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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 320
SITUACION JURIDICA DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 320
La situación jurídica de todo procesado sujeto a formal encarcelamiento, se cambia por el solo hecho de pronunciarse la sentencia definitiva correspondiente, por ser obvio que desde ese momento deja de tener carácter de formalmente preso, para convertirse en sentenciado. La circunstancia relativa a que la sentencia no cause estado por haberse recurrido en apelación, en nada influya para desnaturalizar la mutación que se opera en la situación jurídica del procesado, por ser evidente que tal cambio surge independientemente del resultado que se obtenga en apelación. Si está prospera, el efecto a que se llega será el de la libertad absoluta del acusado y, en caso contrario, será para que se confirme o modifique el fallo apelado, extremos ambos que de modo ostensible implican una nueva situación jurídica y, por ende que se consumen irreparablemente las violaciones reclamadas en el pliego de demanda, desde el momento que no podría decidirse sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la formal prisión reclamada, sin afectarse aquella nueva situación jurídica.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de sobreseimiento 3217/50. Jiménez Porfirio. 17 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.