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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298925
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 351
CICATRICES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 351
Aun en el supuesto de que la costra que presentaba el ofendido, tenga carácter de temporal, si la certificación médica relativa, indica la existencia de una cicatriz perpetua, y la localización de esa cicatriz resulta forzosamente notable por estar en la cara, cabe concluir que la impugnación del demandante al respecto, carece de consistencia.
Precedentes
Amparo penal directo 7047/49. Camarillo Tereso. 18 de enero de 1951. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis G. Corona. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.