Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/298952
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298952
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 517
SENTENCIAS, LA PARTE RESOLUTIVA DE LAS, PREVALECE SOBRE LA CONSIDERATIVA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 517
Un error cometido únicamente en la parte considerativa de la sentencia reclamada, no basta para conceder al quejoso la protección federal, si ese error está subsanado en la parte resolutiva, ya que ésta prevalece sobre el error cometido en la parte considerativa de la sentencia.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7659/47. Gutiérrez Figueroa Amador. 5 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Luis G. Corona.