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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298964
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 582
ROBO DE INFANTE DELITO DE (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 582
Si el acusado, es abuelo de la presunta secuestrada, se llega a la conclusión de que la figura criminosa prevista por el artículo 275, fracción V, de la ley penal del Estado, no se comprobó dentro de sumario, pues el inculpado no es extraño a la familia de la supuesta víctima.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7335/48. Cerrillo o Carrillo Silva Aurelio. 26 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.