Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/298974
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298974
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 654
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 654
Si al quejoso se le imputa la comisión de un hecho determinado que la ley castiga con pena corporal habiendo denunciado tal hecho el Ministerio Público y estando apoyada esa denuncia por las declaraciones de dos testigos, que hacen probable la responsabilidad del inculpado, se han surtido, los requisitos del artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6666/50. Solorio Rentería Luis. 29 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.