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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298991
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 856
CONFESION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 856
En principio, la confesión del reo sólo hace prueba plena en sentido adverso a su autor y siempre que se reúnan todas las circunstancias enunciadas en el artículo 249 del Código de Procedimientos Penales. En lo favorable, la declaración de un reo no es propiamente confesión, precisamente por no ser en contra de quién la hace. Sin embargo, la doctrina y la jurisprudencia, de manera casi constante y unánime, han admitido que lo que con impropiedad técnica se denomina confesión calificada o cualificada, también puede constituir prueba plena, cuando la misma tiene que aceptarse íntegramente, en forma indivisa. Es de sobra sabido que cuando un reo reconoce haber cometido el hecho que se le imputa, pero al mismo tiempo aduce circunstancias que, en intención al menos, lo excluyen de responsabilidad o atenúan ésta por mandamiento de la ley, no produce propiamente una confesión, pero sí la llamada confesión calificada. Esta sólo puede ser admitida indivisiblemente: 1o. cuando está corroborada por el resto del material probatorio; 2o. cuando habiendo pruebas heterogéneas, unas favorables y otras adversas a la confesión, el tribunal respectivo, previo el análisis del caso, admite las primeras y desecha las otras; y 3o. cuando la confesión calificada esté aislada, sin que ninguna otra prueba o indicio la corrobore o la contradiga.
Precedentes
Amparo penal directo 9007/49. Hernández Flores Salvador. 7 de febrero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.