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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299001
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 928
EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 928
El tribunal sentenciador, al no haber tomado en cuenta la eximente de responsabilidad contenida en la contenida en la confesión calificada del reo, si no es inverosímil ni está contradicha, violó sus garantías individuales, por mas que dicho eximente no haya sido alegada por el defensor ni por el reo.
Precedentes
Amparo penal directo 7860/50. Ibarra Barrón Julián. 8 de febrero de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte, Primera Sala, Volumen XXXII, página 53, tesis de rubro "EXCLUYENTES.".