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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299043
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1434
RETRACTACION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1434
Esta Suprema Corte de Justicia ha establecido, en diversas ejecutorias, la validez de lo asentado en las declaraciones primitivas, cuando éstas son claras, precisas y emitidas sin reticencias, y que para que se admita la retractación, debe fundarse en hechos posteriores que hagan presumir la falsedad o inexactitud de aquellas declaraciones, o que se prueben las modificaciones hechas a la confesión en tal retractación, especialmente cuando aquélla es robustecida por otras pruebas.
Precedentes
Indulto necesario 4/49. Rojas Pérez Manuel. 17 de febrero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.