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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299049
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1506
APELACION EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1506
Si la Sala de apelación no fundamenta la confirmación del fallo recurrido, en lo que atañe a la cuantificación de la pena, implícitamente subsisten los motivos que tuvo el inferior, para dictar aquél.
Precedentes
Amparo penal directo 7785/49. Rubio Martínez María. 23 de febrero de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Corona y Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.