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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299081
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1891
DOCUMENTOS FALSOS, DELITO DE USO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1891
Para comprobar el delito de uso de documento falso, deben justificarse todos sus elementos materiales y el subjetivo, consistente en el conocimiento, por parte del agente, de la falsedad del documento; y si el reo en sus reiteradas declaraciones, ha manifestado que usó de los documentos en la creencia de que eran auténticos, y en contra de su afirmación sólo existe el dicho de su coacusado, que es por sí solo insuficiente para tener por plenamente demostrado lo contrario, resulta que siendo por lo menos dudoso que el reo hubiera tenido conocimiento de esa circunstancia y que a sabiendas de la misma hubiera hecho uso de los documentos de que se trata, es forzoso concluir que no está probada su responsabilidad, sino sólo el hecho material del uso del documento, que por sí no es delictivo.
Precedentes
Amparo penal directo 612/50. Vieyra Gudiño Leobardo. 14 de marzo de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.