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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
299082
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1891

AUTOMOVILES, CONTRABANDO INEXISTENCIA DE, COMO ARTICULOS PROHIBIDOS.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 1891

Precedentes

Amparo penal directo 612/50. Vieyra Gudiño Leobardo. 14 de marzo de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente. Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo CVII, P. 1512. Amparo penal directo 4912/50. 23 de febrero de 1951. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 299082