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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299098
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2061
ACCION DEL MINISTERIO PUBLICO, CUANDO NO DEBE REBASARSE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2061
No es posible en el amparo, ni en segunda instancia, de no existir acusación en tal sentido por parte del Ministerio Público, agravar la situación del acusado.
Precedentes
Amparo penal directo 2012/48. Carranza Olivos Rafael. 29 de marzo de 1951. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.