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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299133
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2277
AMENAZAS, DELITO DE (ORDEN DE APREHENSION).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2277
Las declarantes tienen, en cuanto al delito de amenazas, el carácter de testigos, al hacerles saber el reo a ellas, el mal injusto que pretende causar a su madre, pues ello no afecta ningún bien jurídicamente tutelado a las mencionadas hijas de la víctima, y, por lo mismo, unidas a la denuncia de ésta, satisfacen los requisitos del artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 180/49. Reyes Rogelio A. 23 de agosto de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: José Rebolledo. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.