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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299134
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2290
TESTIGOS EN EL PROCESO PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2290
La circunstancia de que una testigo haya sido cuñada del occiso, no puede invalidar su testimonio, si fue testigo presencial de los hechos y, por otra parte, por los lazos de parentesco y afecto, con aquél, debió tener interés en que se hiciera luz sobre el particular, castigando a los responsables de delito.
Precedentes
Amparo penal directo 4979/50. Carreón Jiménez Carlos. 24 de agosto de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.