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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299173
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2431
AUTO DE FORMAL PRISION, PRUEBAS POSTERIORES AL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2431
Si el quejoso se encuentra privado de la libertad, por virtud del auto de formal prisión que le fue dictado, la circunstancia de que con posterioridad hubiere allegado a la causa pruebas que, en su concepto, son bastantes para tener por establecida en su favor, la excluyente de legítima defensa, no implica que la privación de su libertad carezca de motivación legal; pero independiente de que el análisis de dichas pruebas por el Juez del amparo es improcedente, puesto que con tal actividad se subrogaría en las facultades de la potestad común, subvirtiendo las formas procesales al anticiparse al Juez de la causa, a quien corresponde examinarlas para resolver en consecuencia, y que el acusado, en los términos de la ley procesal penal tiene a su alcance, para invalidar el auto de formal prisión, el incidente de libertad por desvanecimiento de datos donde deben ser examinadas las pruebas posteriores al mismo, o, en su defecto, evaluarse en la sentencia definitiva, si se reclama por el reo, la privación de su libertad y motivándose ésta en el auto de formal prisión inicialmente citado, procede tan solo examinar la constitucionalidad o inconstitucionalidad del mismo, a través de las pruebas allegadas hasta el momento en que fue dictado el proveído, para resolver sobre la procedencia o improcedencia del amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5132/50. Hernández Pantaleón. 6 de octubre de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.