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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299191
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2586
SOBRESEIMIENTO INFUNDADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 2586
La argumentación en que se apoya el sobreseimiento, relativa a que el acto no agravia, directamente al quejoso, por la sola circunstancia de no ser la persona inculpada, y por no haber transcurrido el término constitucional, para el efecto de que se sentencie en el proceso, resuelva la cuestión en cuanto al fondo, sin constituir por lo mismo una causal de improcedencia.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1662/49. Gerente de Automotriz de Zitácuaro, S.A. 3 de noviembre de 1950. Mayoría de tres votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.