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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299234
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 274
FRAUDE, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 274
Se destaca con positiva eficacia y sin el menor asomo de duda, el engaño que como elemento constitutivo del fraude requiere la ley, así como la serie de maniobras y maquinaciones que llevaron a cabo los autores de los hechos que tratan de reprimirse, para obtener la entrega de las aportaciones de los socios a quienes hicieron creer que les serían vendidos terrenos a determinado precio; maniobras que comenzaron con la formación de una Sociedad Civil, con la cual los otorgantes, de los que formaban parte de los acusados, en un lapso breve hubieron de convertirse en fraccionadores que manejaban un fuerte capital, no obstante que los organizadores de dicha Sociedad tenían antes una posición económica muy modesta, lo que se corrobora si consta de las actuaciones y constancias que se han traído a la vista, que los acusados, se autodesignaron como directivos de la Sociedad Civil que formaron bajo las maquinaciones que trataron de llevar a cabo y no hay demostración alguna de que las personas que ingresaron como socios hayan ratificado sus nombramientos a través de una asamblea en que tuvieran conocimiento del objeto de la naciente sociedad y tampoco de que se les fuera informando previamente, de las operaciones llevadas a cabo por dichos directivos, si las aportaciones habían sido invertidas en forma que no resultaba satisfactoria, desde el momento que se obligaba a los socios a adquirir terrenos a un precio que resultaba fuera de sus posibilidades económicas dada su condición de trabajadores proletarios a quienes se hizo creer que se les venderían terrenos a determinado precio, resultando en realidad bastante mas elevado o, en caso contrario, resultarían obligados a salir de la sociedad perdiendo totalmente las aportaciones que cada uno de ellos había hecho.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5516/49. Romero Jiménez Jesús y coag. 9 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona Redondo. La publicación no menciona el nombre del ponente