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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299245
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 369
CONFESION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 369
Si en autos no hay ningún elemento de convicción que desvirtúe o contradiga la confesión del quejoso, y que la haga inverosímil, la hipótesis en que se colocó el Tribunal responsable para desestimarla, no es lógica, si admite otra en contrario, perfectamente concorde con lo declarado por el quejoso.
Precedentes
Amparo penal directo 9857/49. Monter Pérez J. Loreto. 11 de octubre de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.