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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299251
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 382
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 382
En el juicio de garantías tan sólo procede examinar si la orden de aprehensión se ajusta a lo mandado por el artículo 16 constitucional, y si cumple con las prescripciones de la Constitución, se debe negar la protección federal y si la alegación del recurrente ante esta Suprema Corte en realidad constituye una defensa de los actos que realizó, deberá hacerse valer en la forma procedente en el proceso que, en su oportunidad, podrá instaurarse en su contra.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2458/48. Freer Solano Rafael A. 11 de octubre de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.