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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299270
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 492
POSESION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 492
Aun probado que el inmueble fue restituido a los terceros, en virtud del acto reclamado, faltaría el elemento primordial de la prueba que se busca, o sea, acreditar el hechos de que la quejosa estuviera en posesión del inmueble de referencia, si en el amparo se señala como garantía violada la que consagra el artículos 14 constitucional, en concepto de que se priva a la quejosa de su posesión.
Precedentes
Amparo penal en revisión 284/48. Sedano Eugenio, Suc. de. 14 de octubre de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona Redondo. La publicación no menciona el nombre del ponente.