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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299274
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 529
DICTAMENES PERICIALES EN EL PROCESO PENAL (LEGISLACION DE NUEVO LEON).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 529
El Tribunal responsable tuvo amplias facultades para decidirse por un dictamen médico pericial y no por otro, (según lo dispuesto por el artículo 251 del código procesal aplicable, si dio las razones convincentes por las que le otorgaba pleno valor probatorio.
Precedentes
Amparo penal directo 1002/49. Handall Víctor Marcos. 16 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Disidente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.