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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299280
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 600
AGRAVIOS EN LA REVISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 600
Prevaleciendo el fundamento básico del fallo recurrido, y declarado ineficaz el motivo de inconformidad relativo, propuesto por el recurrente, se hace innecesario resolver los restantes agravios formulados, si en ellos se combaten argumentaciones esgrimidas, en dicho fallo, en calidad de a mayor abundamiento.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8147/49. Irigoyen Garante Manuel. 18 de octubre de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Rebolledo y Luis G. Corona. Relator: Luis G. Corona.