Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/299290
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299290
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 671
TERCER PERJUDICADO EN EL AMPARO PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 671
Aun siendo esencial a la tramitación del juicio de amparo, el que se oiga al tercer perjudicado, el denunciante, que puede ser o no reconocido como parte en el proceso penal, no va adquirir de oficio ese carácter por acuerdo del Juez Federal, ya que está subordinada esa personería, como se deduce del artículo 5o. inciso b), de la Ley Reglamentaria en consulta, del reconocimiento que tenga ante la autoridad de la que emana el acto reclamado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1332/50. Zúñiga Hernández Regino y coags. 19 de octubre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona Redondo. La publicación no menciona el nombre del ponente.