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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299343
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1153
BRACEROS, CONTRATACION DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1153
Para obtener una autorización de la Secretaría de Gobernación, con el objeto de llevar trabajadores mexicanos al extranjero, lo primero que se requiere es contar con personas interesadas en prestar sus servicios fuera del país, pues dicha Secretaría no podrá autorizar el traslado de trabajadores en forma abstracta, de modo tal, que los enganchadores, agentes, o personas autorizadas, puedan considerarse como funcionarios semioficiales para llevar a cabo los enganches, y si no se demostró: a), que el quejoso pretendió llevar o llevara a trabajadores mexicanos al extranjero sin autorización previa de la Secretaría de Gobernación: y, b), que dichas actividades las hubiera llevado a cabo por cuenta propia o ajena; no está comprobado el cuerpo del delito de contratación ilegal de braceros, previsto en el artículo 108 de la Ley General de Población, ni su responsabilidad.
Precedentes
Amparo penal directo 7472/49. Martínez Cota Alejandro. 6 de noviembre de 1950. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.