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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299371
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1355
MINISTERIO PUBLICO, CUANDO OBRA COMO AUTORIDAD.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1355
El Ministerio Público tiene, en el desempeño de su cometido, una doble función, pues durante la averiguación previa, actúa como autoridad y desde el momento en que la consigna a la autoridad judicial, actúa como parte que carece de imperio para ejecutar cualquiera de sus determinaciones, debiendo acudir al Juez para que éste dicte la resolución que proceda; y si los actos reclamados de él, se realizaron durante la averiguación previa, la cual no llegó a ser consignada a la autoridad judicial, actuó en su calidad de autoridad, y, es indebida la apreciación respecto de que actuó como parte.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto que desechó la demanda 3393/50. Rojas Guadalupe. 13 de noviembre de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Teófilo Olea y Leyva. Relator: Luis G. Corona Redondo.