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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299373
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1365
FRAUDE Y ABUSO DE CONFIANZA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1365
Quedó justificado el cuerpo del delito de fraude imputado y no el abuso de confianza, si el reo recibió el dinero como resultado de su engañosa actitud, siendo su dolo anterior a la posesión del dinero y causa de ésta y no surgida después, en el momento de la disposición, que es lo que diferencia el abuso del fraude; diferencia tanto más notable, cuanto que, en la primera figura el abusador obtiene la cosa lícitamente sin emplear engaños, errores, maquinaciones o artificios.
Precedentes
Amparo penal directo 6183/50. Patrón Sosa Carlos. 13 de noviembre de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Rebolledo y Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.