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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299375
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1384
PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL ( LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1384
Si no está determinado el lapso de tiempo desde el que el querellante tuvo conocimiento de los hechos, como no es posible apreciar si dicho tiempo está comprendido dentro de las prescripciones del artículo 113 del Código Penal del Estado, ello es motivo más que fundado para no tener por prescrita la acción penal.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6361/48. González Camilo. 13 de noviembre de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente