Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/299406
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299406
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1811
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1811
Habiendo datos bastantes para apoyar la querella de que se trata y hacer probable la responsabilidad del recurrente, en la comisión del delito que se le imputó, y que se castiga con pena corporal, no será sino hasta que se resuelva sobre la situación jurídica del quejoso, cuando se valoricen los elementos de convicción que arroje la averiguación previa y se decida si en autos quedó como configurado el cuerpo del delito de que se le acusó.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5938/50. Ramos Antonio. 24 de noviembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Novena Parte, página 128, tesis 83, de rubro "ORDEN DE APREHENSION.".