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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299412
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1830
ASEGURAMIENTO POR EL MINISTERIO PUBLICO, CESACION DE SUS EFECTOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 1830
El acto reclamado del agente del Ministerio Público designado responsable, no resultó cierto, si no medió de su parte la orden de desposeimiento reclamada; mas si retuvo el vehículo de que se trata, por entrega voluntaria que de éste hizo el poseedor, esa retención, legal o ilegal, en lo que a esa autoridad concierne, dejó de existir, al formular la consignación correspondiente al Juzgado de su adscripción, ejercitando la acción penal contra la acusada, y, en esas circunstancias, en cuanto a esa autoridad, cesaron los efectos del acto reclamado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 5247/50. Vega Blanca de la. 24 de noviembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.