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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299431
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2035
IMPRUDENCIA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2035
El artículo 62 del Código Penal exige querella necesaria por parte del ofendido, y si no aparece de las constancias de autos que éste se hubiere querellado, la ausencia de este requisito hace que el procedimiento penal incoado en contra del quejoso resulte, por oficioso, violatorio de garantía en su perjuicio.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3333/49. Daniel Galindo Alfonso. 29 de noviembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.