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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299433
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2040
FRAUDE, DELITO DE (PRESCRIPCION).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2040
Habiendo adquirido el reo la posesión del predio de que se trata, por voluntad del mismo denunciante, cuando dicho acusado pretende que se le reconozca por los Tribunales un título distinto de la posesión, con carácter de propietario-, completamente desligado de la relación jurídica anterior, está consumado instantáneamente el delito de fraude; tal momento sobreviene al presentar el acusado su demanda ante los Tribunales , para que se le tenga por propietario, -poseyendo no con posesión precaria, derivada-, independientemente del curso de la instancia civil, que pudo serle favorable o adversa, y si de la fecha de la presentación de su demanda, reclamando la extensión de la escritura de propiedad de esos predios, aquella en que fue hecha la denuncia penal, habían transcurrido los términos de la prescripción, ya no podía tener vida la acción Penal, ni la sentencia de primera instancia, ni la segunda y menos el fallo posterior de la Suprema Corte en relación con el asunto, pueden dar la base de la consumación del delito.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2282/50. Rodríguez Rafael Melitón. 29 de noviembre de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Rebolledo y Luis G. Corona Redondo. La publicación no menciona el nombre del ponente.