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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299439
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2175
PENA INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2175
Si el arbitrio judicial que permite al juzgador individualizar la pena que aplica, se ejercitó convenientemente, y se apreciaron pormenorizadamente las circunstancias del caso, este ejercicio del arbitrio judicial, es intocable para la Suprema Corte, por no existir razón alguna que permita substituir el criterio al del juez natural, volviendo nugatorio con ello, el ejercicio de esta facultad soberana.
Precedentes
Amparo penal directo 554/50. Corral Morales Alfredo. 7 de diciembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.