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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299442
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2177
PARENTESCO, PRUEBA DEL, EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2177
Si la madre de la ofendida, formuló querella a nombre de ésta, por los delitos de rapto y estupro, el parentesco consanguíneo, para los efectos penales, resulta debidamente acreditado, con el reconocimiento que del mismo hizo la víctima, al ampliar su declaración, pues es obvio que para la comprobación del parentesco, dentro del derecho penal, no se requiere el rigorismo probatorio de la ley civil; o sea la exhibición de la copia certificada del acta de nacimiento.
Precedentes
Amparo penal directo 3962/50. Vázquez Castro Pedro. 7 de diciembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.