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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299448
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2265
SITUACION JURIDICA DEL REO, CAMBIO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2265
Si se ha dictado sentencia, en el proceso de donde se originó el auto de formal prisión reclamado, a que se refiere el juicio de garantías, ha surgido la causa prevista en la fracción X del artículo 73 de la Ley de Amparo, y procede sobreseer, atento lo dispuesto en la fracción III del artículo 74 del mismo ordenamiento.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7831/49. Guzmán J. Carmen y coags. 8 de diciembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.