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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299464
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2329
SUPLENCIA DE LA QUEJA EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2329
Aun dentro de la tesis de la suplencia de la queja en amparos indirectos, no cabe tal suplencia cuando se trata, no del acusado, sino del denunciante, pues respecto de este último, la revisión que interponga en todo juicio de garantías, es de estricto derecho.
Precedentes
Amparos penales en revisión acumulados 284/50. Abelardo Caballero. 9 de diciembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.