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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299474
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2355
ACTO RECLAMADO, NEGACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVI; Pág. 2355
Aun cuando la única autoridad señalada como responsable no lo diga expresamente, si de su informe resulta que niega los actos de ella reclamados, aun cuando atribuye esos actos a otra autoridad, no por ello debió demostrar su aseveración, puesto que toda autoridad que niega el acto de ella reclamado, nada tiene que probar.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7361/47. Niño Pablo. 9 de diciembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.