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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299512
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 267
MINISTERIO PUBLICO Y POLICIA JUDICIAL, DILIGENCIAS PRACTICADAS ANTE ELLOS (LEGISLACION DE CHIAPAS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 267
Si, según el artículo 289 del Código de Procedimiento Penales del Estado, las diligencias practicadas por el Ministerio Público y por la Policía Judicial tendrán valor probatorio pleno, siempre que se ajusten a las reglas relativas del propio código, no puede concedérseles este valor cuando su contenido aparezca desvirtuado por otras pruebas bastantes en contrario.
Precedentes
Amparo penal directo 10127/49. Gutiérrez Becerril Arturo. 10 de julio de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.