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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299529
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 456
CALIFICATIVAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 456
La autoridad responsable se excedió en sus facultades, al rebasar los límites de la acusación del Ministerio Público y estimar comprobadas calificativas que, por no haber sido las imputadas por el Ministerio Público, sino otras, no fueron materia del debate durante la audiencia correspondiente, por lo que al condenar al quejoso teniendo en consideración que estaba justificada la calificativa de que se trata, violó, en su perjuicio, sus garantías individuales, imponiéndose, por ende, concederle el amparo, para el solo efecto de que en una nueva sentencia, que pronuncie la responsable, condene al quejoso como autor del delito de homicidio simple.
Precedentes
Amparo penal directo 4855/48. Cruz Francisco. 14 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.