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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
299555
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 553

TRASTORNO MENTAL COMO EXCLUYENTE (LEGISLACION DE YUCATAN).

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 553

Precedentes

Amparo penal directo 6041/49. Mendoza Sierra Eusebio y coaga. 20 de julio de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Rebolledo y Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 299555