Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/299556
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299556
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 555
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 555
Es infundado el agravio relativo a la individualización de la pena aplicada, si el juzgador ejercitó el arbitrio judicial que le confieren los artículos correspondientes del Código Penal aplicable; sin que exista razón alguna que permita a esta Suprema Corte sustituir su criterio al del Juez natural, por que si tal hiciera, resultaría nugatoria la facultad que la ley pone a disposición de la autoridad sentenciadora, para aplicar la pena, según las circunstancias personales de cada reo.
Precedentes
Amparo penal directo 2295/48. Rodríguez Garibay Antonio. 20 de julio de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.