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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 299557
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 557
CONFESION DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CV; Pág. 557
Las primeras declaraciones de los quejosos ante la policía, que aparecen ratificadas en términos de indagatoria ante la presencia judicial, son de incuestionable eficacia probatoria, si cuando dichos quejosos rindieron sus preparatorias estaban fuera del alcance de la coacción que dicen haber sufrido por parte de la policía.
Precedentes
Amparo penal directo 2407/48. Quiroz Capistrán Felipe y coags. 20 de julio de 1950. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.